Simulador Certificación OECE

Artículo 182 del Reglamento (D.S. 009-2025-EF): Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento en obras y consultoría de obras

Título V — Proceso De Contratación De Obras Y Consultoría De ObrasCapítulo III — Disposiciones Específicas Para La Ejecución Contractual De Obras Y Consultoría De ObrasSubcapítulo 5 — Garantías

La garantía de fiel cumplimiento, en el caso de ejecución y consultoría de obras, se mantiene vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.

Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.

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