Simulador Certificación OECE

Artículo 250 del Reglamento (D.S. 009-2025-EF): Evaluadores de la CPI

Título VI — Modalidades De La Contratación Pública EficienteCapítulo VI — Compras Públicas De Innovación

La CPI es evaluada por un jurado de expertos con conocimiento sobre las soluciones innovadoras y/o a las actividades de I+D, de acuerdo con lo señalado en las bases. El jurado participa desde la elaboración de la estrategia de contratación, de acuerdo con lo señalado en el numeral 46.2 del artículo 46.

Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.

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