23.1. La vacancia del jefe de Perú Compras se produce por las siguientes causales:
- a) Renuncia al cargo.
- b) Fallecimiento.
- c) Incapacidad física o mental permanente.
- d) Condena por delito doloso, mediante sentencia consentida o ejecutoriada.
- e) Inhabilitación administrativa firme o que haya adquirido la calidad de cosa decidida o inhabilitación judicial consentida o ejecutoriada.
- f) Vencimiento del período de designación.
- g) Incompatibilidad sobreviniente.
23.2. La vacancia del cargo se formaliza mediante resolución suprema refrendada por el ministro de Economía y Finanzas.
Texto conforme a la Ley N.º 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.