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Artículo 23 de la Ley N.º 32069: Causales de vacancia del jefe de Perú Compras

Título II — Actores Involucrados En El Proceso De Contratación PúblicaCapítulo III — Central De Compras Públicas (Perú Compras)
23.1. La vacancia del jefe de Perú Compras se produce por las siguientes causales:
  • a) Renuncia al cargo.
  • b) Fallecimiento.
  • c) Incapacidad física o mental permanente.
  • d) Condena por delito doloso, mediante sentencia consentida o ejecutoriada.
  • e) Inhabilitación administrativa firme o que haya adquirido la calidad de cosa decidida o inhabilitación judicial consentida o ejecutoriada.
  • f) Vencimiento del período de designación.
  • g) Incompatibilidad sobreviniente.
23.2. La vacancia del cargo se formaliza mediante resolución suprema refrendada por el ministro de Economía y Finanzas.

Texto conforme a la Ley N.º 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.

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