Simulador Certificación OECE

Artículo 121 del Reglamento (D.S. 009-2025-EF): Resolución de contrato por terminación anticipada

Título III — Disposiciones Generales A Bienes, Servicios Y ObrasCapítulo V — Disposiciones Generales De Ejecución Contractual Para Bienes, Servicios Y ObrasSubcapítulo 3 — Incumplimiento Del Contrato

El contrato puede contener una cláusula de resolución por terminación anticipada cuando comprenda más de un componente o hito y el resultado de alguno de estos impida o haga innecesaria la continuidad del siguiente, sin que resulte atribuible a alguna de las partes. En este caso, corresponde el pago al contratista por los hitos o componentes ejecutados.

Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.

📝 Así se pregunta este tema en el examen OECE

Completar: En la API (1.ª fase), el contrato debe detallar actividades por hitos, resultados mínimos, cláusulas de terminación anticipada, y la forma/plazos de evaluación para decidir la continuación al siguiente hito. Esto lo decide ________, conforme rigor técnico.

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Pregunta basada en: Reglamento DS 009-2025-EF — Artículo 121.

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