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Artículo 13 del Reglamento (D.S. 009-2025-EF): Registro de entidades contratantes

Título II — Actores Involucrados En El Proceso De Contratación PúblicaCapítulo II — Entidades Contratantes
13.1. Las entidades contratantes señaladas en el artículo 3 de la Ley se registran en el REC que administra el OECE, conforme a la directiva que éste emita.
13.2. Para la inclusión en el REC las entidades contratantes señaladas en el literal l) del numeral 3.2 del artículo 3 de la Ley, acreditan contar con una DEC propia dentro de su estructura organizacional.

Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.

🔗 Base legal en la Ley N.º 32069

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