Simulador Certificación OECE

Artículo 155 del Reglamento (D.S. 009-2025-EF): Plazos de ejecución contractual en obras y consultoría de obras

Título V — Proceso De Contratación De Obras Y Consultoría De ObrasCapítulo I — Disposiciones Especiales Para La Fase De Actuaciones Preparatorias En Obras Y Consultoría De Obras

La entidad contratante puede evaluar la conveniencia de realizar contrataciones hasta por un periodo de tres años, salvo de que se trate de sistemas de entrega que incluyan el componente de operación y mantenimiento, así como cuando por la naturaleza de la obra o por leyes especiales se requieran plazos mayores, siempre y cuando se adopten las previsiones presupuestarias necesarias para garantizar el pago de las obligaciones, según la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.

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