Simulador Certificación OECE

Artículo 161 del Reglamento (D.S. 009-2025-EF): Modalidades de pago en ejecución para obras y consultoría de obras

Título V — Proceso De Contratación De Obras Y Consultoría De ObrasCapítulo I — Disposiciones Especiales Para La Fase De Actuaciones Preparatorias En Obras Y Consultoría De Obras
161.1. Las modalidades de pago que pueden ser empleadas para la contratación de obra bajo los sistemas de entrega de solo construcción, diseño y construcción y las consultorías de obras distintas a supervisión de obras son:
  • a) Suma alzada
  • b) Precios unitarios
  • c) Esquema mixto
  • d) Costo reembolsable
161.2. Para la supervisión de la elaboración del expediente técnico y la ejecución de obras se utiliza la modalidad de pago por tarifas o el esquema mixto.(*)

Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.

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