Simulador Certificación OECE

Artículo 165 del Reglamento (D.S. 009-2025-EF): Evaluación de ofertas económicas de obras bajo el sistema de entrega de solo construcción

Título V — Proceso De Contratación De Obras Y Consultoría De ObrasCapítulo II — Disposiciones Especiales De Fase De Selección Para Obras Y Consultoría De Obras

En los procedimientos de selección de obras bajo sistema de entrega de solo construcción, la cuantía de la contratación determinada en el expediente técnico es punto de referencia para las ofertas. En la estrategia de contratación se puede optar entre dos métodos de evaluación ofertas: a) Oferta económica limitada: la oferta económica de los postores debe encontrarse en el rango entre el 95% y 110% de la cuantía de la contratación. Los evaluadores descalifican las propuestas que no cumplan el referido rango. b) Oferta económica fija al 100%: la oferta económica de los postores corresponde al 100% de la cuantía de la contratación. En este caso, solo se realiza la evaluación técnica de las ofertas, sobre cien puntos.

Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.

📝 Así se pregunta este tema en el examen OECE

En licitación de obras bajo oferta económica limitada, el rango válido es:

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Pregunta basada en: Reglamento DS 009-2025-EF — Artículo 165.

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