Simulador Certificación OECE

Artículo 254 del Reglamento (D.S. 009-2025-EF): Control y monitoreo de la implementación de la solución innovadora

Título VI — Modalidades De La Contratación Pública EficienteCapítulo VI — Compras Públicas De Innovación
254.1. La entidad contratante establece mecanismos para el control y monitoreo de la ejecución del contrato, detectando y corrigiendo posibles desviaciones a efectos de garantizar el cumplimiento de su finalidad.
254.2. El control y monitoreo incluye, según corresponda y como mínimo, lo siguiente:
  • a) El plan de trabajo y cronograma de ejecución,
  • b) El cumplimiento de los hitos parciales y de los indicadores claves de desempeño,
  • c) La gestión de riesgos,
  • d) El cumplimiento de las cláusulas contractuales, tales como la aplicación de penalidades, modificación y resolución del contrato.

Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.

📝 Así se pregunta este tema en el examen OECE

La entidad requiere desarrollar una solución innovadora y posteriormente adquirirla si resulta viable. Corresponde:

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Pregunta basada en: Reglamento DS 009-2025-EF — Artículo 254, numeral 254.1.

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