para la gestión de catálogos electrónicos de acuerdo marco
272.1. La documentación asociada a la convocatoria establece las disposiciones específicas referidas a la evaluación de ofertas, la ejecución contractual, la vigencia del acuerdo marco, y el alcance de la obligatoriedad, acorde a cada catálogo electrónico. En esta documentación pueden establecerse causales de suspensión, exclusión, finalización y/o nulidad del acuerdo marco, penalidades, u otros. Asimismo, puede establecer las obligaciones del proveedor, de la entidad contratante y de los representantes de marca acreditados.
272.2. Los proveedores que participen en el procedimiento de selección para la gestión de los catálogos electrónicos de acuerdos marco cuentan con inscripción vigente en el RNP, no deben estar impedidos para contratar con Perú Compras o a nivel nacional ni encontrarse inhabilitados para contratar con el Estado.
272.3. Atendiendo a la naturaleza de cada catálogo electrónico de acuerdos marco, se puede exigir al proveedor en la documentación asociada a la convocatoria, requisitos de calificación, el compromiso de mantener determinado stock mínimo, así como otras condiciones que Perú Compras considere necesarias para el cumplimiento de la finalidad pública del catálogo electrónico de acuerdo marco.
272.4. Perú Compras puede establecer en los documentos asociados a la convocatoria el umbral de ofertas sobre el precio central de referencia en la ficha producto, así como las condiciones aplicables.
Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.