295.1. El proceso de contratación mediante MDA se inicia con la elaboración del requerimiento, siendo aplicables las disposiciones generales correspondientes a las actuaciones preparatorias contempladas en el Reglamento, con excepción de la segmentación de contrataciones y la interacción con el mercado.
295.2. El requerimiento considera las especificaciones técnicas de la tecnología sanitaria, incluyendo además lo siguiente:
- a) Los servicios asociados al uso de la tecnología sanitaria, considerando al paciente tratado en término individual o poblacional, según sea el caso.
- b) Las cantidades mínimas y máximas por adquirir o los criterios de variabilidad en la provisión, así como el plazo de duración del MDA.
- c) Otros aspectos según el tipo específico de tecnología sanitaria que se desea contratar.
295.3. La entidad contratante puede agrupar por ítems o paquetes en un mismo procedimiento de selección más de una tecnología sanitaria priorizada, si así es determinado en la estrategia de contratación. En el caso de que exista más de una tecnología sanitaria para tratar una misma patología, de conformidad con la evaluación de tecnologías sanitarias realizada, se realiza un único procedimiento de selección para ambas, en el cual en la fase de negociación se otorga la buena pro a aquella que evidencie mejores condiciones contractuales, tomando en cuenta el costo efectividad para la población de pacientes y el principio de valor por dinero. Solo puede suscribirse un acuerdo MDA para el tratamiento de una misma patología.(*)
295.4. El MDA es evaluado por un jurado de expertos de cinco miembros determinado por el MINSA. Como mínimo cuenta con un representante de la alta dirección del Ministerio de Salud, un representante de la entidad encargada de la evaluación de tecnologías sanitarias del Sector Salud y un experto en negociación. El jurado en coordinación con la DEC participa en la estrategia de contratación.
295.5. Durante la estrategia de contratación, se analiza y determina lo siguiente:
- a) El impacto en la contratación del tipo de MDA determinado y sustentado en su oportunidad.
- b) Identificación del Titular del Registro Sanitario de la tecnología sanitaria y los requisitos de calificación que debe presentar para la fase de selección.
- c) Puntos no negociables del requerimiento durante la etapa de negociación.
- d) Modalidad de pago.
- e) Fuente de financiamiento de la contratación y necesidad de actualizar la cuantía de la contratación determinada en el PAC del CMN.
- f) Garantías y adelantos
- g) El cronograma estimado del proceso de contratación, incluyendo la fase de selección y la ejecución contractual, así como el plan de distribución de la tecnología sanitaria.
Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.