Simulador Certificación OECE

Artículo 191 del Reglamento (D.S. 009-2025-EF): Modificaciones contractuales de obra bajo sistemas de entrega de solo

Título V — Proceso De Contratación De Obras Y Consultoría De ObrasCapítulo III — Disposiciones Específicas Para La Ejecución Contractual De Obras Y Consultoría De ObrasSubcapítulo 7 — Desarrollo Y Modificaciones Contractuales

construcción y diseño y construcción por intensificación del programa de ejecución

191.1. La intensificación del programa de ejecución permite la adición de recursos durante la ejecución del componente de obra, los cuales pueden formar parte del costo directo y/o mayores gastos generales, para acelerar la entrega parcial o total de la obra. La intensificación del programa de ejecución no implica la modificación del alcance de la obra.
191.2. El área usuaria sustenta con un análisis costo beneficio la necesidad de entrega del proyecto en una fecha anterior a plazo de ejecución contractual vigente.
191.3. Las partes acuerdan la intensificación del programa de ejecución, lo cual contempla la disminución de plazo y la variación en el monto contractual, cuando corresponda, así como la modificación de los contratos accesorios.(*)

Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.

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