Simulador Certificación OECE

Artículo 53 del Reglamento (D.S. 009-2025-EF): Cuantía de la contratación

Título III — Disposiciones Generales A Bienes, Servicios Y ObrasCapítulo I — Actuaciones PreparatoriasSubcapítulo 2 — Estrategia De Contratación
53.1. A fin de gestionar la certificación y/o previsión presupuestal correspondiente, la DEC considera la cuantía de la contratación establecida en el PAC del CMN, la cual puede ser actualizada producto de la interacción con el mercado, según corresponda.
53.2. La cuantía de la contratación incluye todos los conceptos que sean aplicables al bien, servicio u obra a contratar.
53.3. En el caso de los procedimientos de selección según relación de ítems, lotes o tramos, la cuantía de la contratación se establece por la sumatoria de los valores de cada uno de los ítems, lotes o tramos considerados.(*)
53.4. No es obligatorio dar a conocer a los proveedores la cuantía de la contratación durante la fase de selección, salvo que ésta sea punto de referencia para la presentación de ofertas.

Texto conforme al Reglamento de la Ley N.º 32069, aprobado por D.S. 009-2025-EF. Este contenido es referencial y con fines de estudio; la versión oficial es la publicada en El Peruano.

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